Nuevo decreto simplifica la formalización de predios y elimina requisitos en trámites municipales

El Gobierno peruano publicó un nuevo decreto supremo que introduce modificaciones relevantes en los procedimientos de formalización de la propiedad informal y en la emisión de constancias de posesión a nivel nacional. La norma, oficializada mediante el Decreto Supremo N° 006-2026-VIVIENDA y refrendada por el presidente José María Balcázar Zelada junto con el ministro Wilder Alejandro Sifuentes Quilcate, responde a la necesidad de reducir la carga burocrática y facilitar el acceso a la formalización para quienes ocupan predios estatales de manera informal.

Uno de los principales cambios consiste en la eliminación de la exigencia de presentar copia física del Documento Nacional de Identidad (DNI) en los trámites municipales para la obtención de certificados o constancias de posesión. En adelante, bastará con consignar el número del documento en una solicitud simple. Esta medida se alinea con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1246, que prohíbe requerir copias de documentos oficiales en los procedimientos administrativos, trasladando a las entidades públicas la responsabilidad de verificar la información en los registros correspondientes.

Asimismo, la norma introduce una ampliación en el plazo para acceder al proceso de formalización. En concordancia con la Ley N° 32267, se establece que podrán acogerse a este régimen todos los asentamientos informales ocupados hasta el 31 de diciembre de 2021, siempre que cumplan con los requisitos previstos. Esta disposición busca reconocer la persistencia de la informalidad en el acceso al suelo urbano y ampliar las oportunidades de regularización para miles de familias.

En cuanto a los requisitos para obtener la constancia o certificado de posesión, estos se simplifican sustancialmente. Los solicitantes deberán presentar únicamente una solicitud simple con sus datos básicos, un plano de ubicación del predio y un acta de verificación de posesión efectiva emitida por un funcionario municipal —suscrita por los colindantes— o, en su defecto, un acta policial. El documento tendrá vigencia hasta que se concrete la instalación de servicios básicos en el inmueble.

De acuerdo con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, estas medidas buscan agilizar la gestión municipal, promover la inclusión de sectores vulnerables y facilitar el acceso a derechos fundamentales vinculados a la vivienda, como el agua potable, el saneamiento y la electricidad. En esa línea, el sector será responsable de difundir el alcance de la norma y supervisar su adecuada implementación en todo el país.

Finalmente, las municipalidades deberán adecuar sus procedimientos internos a las nuevas disposiciones, garantizando su correcta aplicación y evitando interpretaciones restrictivas que puedan afectar a los beneficiarios del proceso de formalización.

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