Ministerio de Cultura inicia saneamiento físico legal de la Zona Arqueológica Monumental Macro en Amazonas para consolidar su protección registral

Amazonas, junio de 2026. En una nueva acción orientada al fortalecimiento de la seguridad jurídica del patrimonio arqueológico nacional, el Ministerio de Cultura dispuso el inicio de las acciones de saneamiento físico legal de la Zona Arqueológica Monumental Macro, ubicada en el distrito de Magdalena, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas.

La medida fue oficializada mediante la Resolución Directoral N.° 000021-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, emitida por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura, en aplicación del Decreto Legislativo N.° 1661 y su Reglamento, normas que establecen mecanismos especiales para regularizar registralmente bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación.

La decisión se sustenta en el mandato constitucional que reconoce que los yacimientos y restos arqueológicos forman parte del Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de si se encuentran en propiedad pública o privada, correspondiendo al Estado garantizar su protección.

La Zona Arqueológica Monumental Macro cuenta con una trayectoria de reconocimiento y protección estatal. Inicialmente fue declarada Patrimonio Cultural mediante la Resolución Directoral Nacional N.° 196/INC, emitida en abril de 2003; posteriormente, en octubre de 2019, el Ministerio de Cultura modificó su clasificación a Zona Arqueológica Monumental y aprobó su expediente técnico de delimitación.

De acuerdo con dicho expediente, el área arqueológica comprende una superficie de 158 049,51 metros cuadrados (15,8049 hectáreas) y un perímetro de 1 706,28 metros.

Uno de los aspectos centrales del procedimiento es que el ámbito arqueológico se encuentra actualmente comprendido íntegramente dentro de la Partida Electrónica N.° 02012852 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chachapoyas, Zona Registral N.° II – Sede Chiclayo, inscrita a favor de la Comunidad Campesina de Magdalena.

Frente a ello, el Ministerio de Cultura ha dispuesto que las acciones de saneamiento comprendan la independización e inscripción de dominio a favor del Estado Peruano, representado por el propio Ministerio, respecto del área correspondiente a la zona arqueológica.

Desde una perspectiva de gestión de bienes estatales, esta actuación refleja uno de los principales alcances del Decreto Legislativo N.° 1661: establecer instrumentos que permitan separar registralmente y asegurar jurídicamente los bienes culturales inmuebles, aun cuando estos se encuentren comprendidos dentro de predios previamente inscritos.

La resolución también otorga un plazo de treinta días calendario desde su publicación para que cualquier interesado pueda presentar documentación o formular oposición respecto de las acciones de saneamiento físico legal promovidas.

Con este procedimiento, el Estado busca fortalecer la protección registral de uno de los complejos arqueológicos más representativos de la región Amazonas, asegurando que su gestión futura responda a criterios de conservación y tutela del patrimonio cultural.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *