Piura, 8 de mayo de 2026.- La Municipalidad Distrital de Colán aprobó por unanimidad la primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) del denominado “Predio 1”, ubicado en el Centro Poblado Pueblo Nuevo de Colán, Anexo Puerto Pizarro, en la provincia de Paita, como parte de un proceso de saneamiento físico legal orientado a consolidar la titularidad municipal sobre terrenos destinados a fines públicos.
La decisión fue oficializada mediante el Acuerdo de Concejo N.° 040-2026-MDC/A, adoptado en sesión ordinaria del 28 de abril con el voto favorable del 100% de los integrantes del concejo municipal, en aplicación de la Ley Orgánica de Municipalidades y del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales.
El predio materia del procedimiento cuenta con un área de 503.91 metros cuadrados y un perímetro de 92 metros lineales, y según el Certificado de Búsqueda Catastral emitido por SUNARP – Zona Registral N.° I Sede Piura, no presenta antecedentes registrales, condición indispensable para su incorporación como primera inscripción de dominio a favor del Estado, representado por la Municipalidad Distrital de Colán.
La documentación técnica elaborada por la Unidad Funcional de Planeamiento Urbano y Catastro determinó que el terreno no se encuentra inscrito a nombre de terceros y cumple con los requisitos legales para su inmatriculación, paso que permitirá otorgar seguridad jurídica sobre el inmueble y asegurar su disponibilidad para futuros proyectos de inversión pública y servicios locales.
El acuerdo municipal se sustenta en el artículo 58 de la Ley N.° 27972, que faculta a las municipalidades a inscribir sus bienes inmuebles en Registros Públicos mediante acuerdo de concejo, así como en la Octava Disposición Complementaria de dicha norma, que permite regularizar predios municipales no inscritos siempre que no existan derechos de terceros.
Además de la inscripción registral, el proceso contempla la publicación oficial del saneamiento físico legal en El Peruano y en un diario de mayor circulación regional, otorgando un plazo de 30 días para que eventuales terceros afectados formulen oposición conforme a ley.
La comuna señaló que contar con la titularidad formal del predio constituye un requisito esencial para garantizar la ejecución de futuras obras, proyectos de infraestructura o servicios públicos en beneficio de la población de Pueblo Nuevo de Colán, reforzando además la administración ordenada del patrimonio municipal.
Con esta medida, la Municipalidad Distrital de Colán se suma a los esfuerzos de gobiernos locales por cerrar brechas de informalidad en la gestión de bienes estatales, en un contexto donde la regularización registral se ha convertido en una herramienta clave para fortalecer planificación territorial, inversión pública y seguridad jurídica sobre predios de uso público.

