Lima, febrero de 2026.– La Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N.° 1736 establece que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) y la Dirección General de Abastecimiento (DGA) del Ministerio de Economía y Finanzas deberán priorizar la disposición final de predios estatales e inmuebles bajo su administración a favor del Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
La medida se adopta en el marco del Decreto Legislativo N.° 1229, que declara de interés público y prioridad nacional el fortalecimiento de la infraestructura y los servicios penitenciarios. El objetivo es facilitar la implementación progresiva del régimen semiabierto a nivel nacional, como parte de la reforma del sistema penitenciario.
Según la disposición, la transferencia o asignación de los bienes deberá realizarse conforme a la normativa vigente en materia de gestión y administración de bienes estatales, respetando las competencias de cada entidad. En ese sentido, tanto la SBN como la DGA deberán canalizar los procedimientos de disposición patrimonial con carácter prioritario cuando se trate de proyectos vinculados al régimen semiabierto.
El régimen semiabierto constituye un modelo orientado a la reinserción social de la población penitenciaria, al permitir que determinados internos desarrollen actividades laborales o formativas bajo condiciones de control, lo que exige infraestructura adecuada y espacios habilitados fuera de los establecimientos penitenciarios tradicionales.
Con esta disposición, el Ejecutivo busca acelerar la disponibilidad de terrenos e inmuebles necesarios para ampliar la cobertura del sistema, optimizar recursos públicos y fortalecer la política penitenciaria bajo criterios de eficiencia y seguridad jurídica.

