El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) aprobó, mediante Resolución de Gerencia General N.° D000088-2025-COFOPRI-GG, el uso de un nuevo “Instrumento de Transferencia”, destinado a facilitar la inscripción de áreas reservadas no ocupadas a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) o los gobiernos regionales con funciones transferidas.
De acuerdo con la resolución publicada en El Peruano, la medida responde a la necesidad de contar con un mecanismo normativo uniforme que permita trasladar la titularidad de terrenos reservados –en su mayoría lotes de habilitaciones urbanas– que no han sido ocupados. Según el informe técnico de la Dirección de Formalización Individual de COFOPRI, se han identificado 9,978 predios aprobados como áreas reservadas, susceptibles de transferencia, previa constatación en campo de que no estén ocupados.
El nuevo formato busca otorgar seguridad jurídica y agilizar los procesos de gestión predial, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N.° 803, la Ley N.° 27046 y la Ley N.° 28923, entre otras normas complementarias. Asimismo, la entidad precisó que la implementación del instrumento no generará gasto adicional para el presupuesto institucional.
La Gerencia General de COFOPRI dispuso que la resolución, junto con el anexo que contiene el formato aprobado, sea publicada tanto en el Diario Oficial El Peruano como en el portal institucional de la entidad.
Con esta medida, el Estado busca optimizar el tratamiento legal de los terrenos reservados, garantizando que pasen a dominio público de manera ordenada y con sustento jurídico, evitando futuros conflictos sobre su posesión o titularidad.

