Lima, 7 de mayo de 2026.- La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) aprobó una importante modificación al Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, con el objetivo de modernizar procedimientos, eliminar exigencias consideradas innecesarias y fortalecer la predictibilidad jurídica en el sistema registral peruano.
La medida fue oficializada mediante la Resolución N.° 00059-2026-SUNARP/SN, publicada en el diario oficial El Peruano, y modifica ocho artículos clave del reglamento vigente desde 2013. La reforma responde a problemas detectados por la propia entidad en sus procesos de consulta pública y en la denominada “Agenda Temprana”, mecanismo de mejora regulatoria orientado a identificar trabas administrativas y criterios registrales contradictorios.
Entre los cambios más relevantes destaca la flexibilización de requisitos para actos de habilitación urbana y recepción de obras. SUNARP permitirá ahora la anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana conforme a la Ley N.° 29090, incluyendo la posibilidad de preindependizar lotes y registrar predeclaratorias de fábrica cuando exista autorización para construcción simultánea y venta garantizada.
Asimismo, se elimina la exigencia de ciertos formalismos documentarios que, según el diagnóstico institucional, generaban sobrecostos y retrasos sin aportar mayor seguridad jurídica.
Otro cambio significativo se concentra en la acumulación de predios, proceso mediante el cual dos o más inmuebles se integran registralmente en una sola unidad. La nueva normativa flexibiliza requisitos técnicos y precisa que no será necesaria autorización adicional cuando varios predios compartan la misma hipoteca, garantía o medida cautelar, reduciendo así barreras burocráticas.
En materia de edificaciones, SUNARP introduce modificaciones para facilitar la inscripción de declaratorias de fábrica. Entre ellas, se establece que, cuando un inmueble esté inscrito a nombre de una sociedad conyugal, bastará la intervención de uno de sus integrantes para el trámite; y en casos de copropiedad, será suficiente la participación de copropietarios que representen mayoría absoluta.
La resolución también incorpora medidas para simplificar la modificación de reglamentos internos en edificios y conjuntos inmobiliarios, permitiendo en ciertos casos modificaciones unilaterales por parte del propietario cuando exista cláusula autoritativa previa. Además, se agiliza el levantamiento de cargas técnicas cuando ya conste información previa en títulos archivados, evitando duplicidad de informes técnicos.
La norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y será aplicable incluso a títulos que actualmente se encuentren en trámite. Con ello, SUNARP busca reducir tiempos de inscripción, fortalecer la seguridad jurídica y adecuar el reglamento a normas de mayor jerarquía como el Código Civil y la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones.
Especialistas consideran que esta reforma representa uno de los ajustes más importantes en materia registral de los últimos años, especialmente para el sector inmobiliario, municipalidades, promotores urbanos y ciudadanos que enfrentaban procedimientos complejos para formalizar actos sobre sus propiedades.

