Lima, 11 de febrero de 2026. – El Poder Ejecutivo modificó el artículo 41 del Decreto Legislativo N.° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, introduciendo un cambio sustancial en la competencia para la transferencia de bienes inmuebles del Estado requeridos para la ejecución de proyectos de infraestructura.
La reforma incorpora expresamente a la Dirección General de Abastecimiento (DGA) del Ministerio de Economía y Finanzas como entidad competente, junto con la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), para aprobar la transferencia de propiedad u otorgar otros derechos reales sobre predios estatales, facultad que hasta antes de la modificación recaía únicamente en la SBN.
De acuerdo con el nuevo texto del artículo 41, los predios de dominio público o privado del Estado necesarios para obras declaradas de necesidad pública, interés nacional o seguridad nacional se transfieren a título gratuito y automáticamente, por el solo mérito de la resolución que emita la SBN o la DGA, según corresponda, en un plazo máximo de 45 días hábiles
Asimismo, la norma dispone que, con el solo ingreso del pedido de transferencia, la autoridad competente debe gestionar ante la SUNARP la anotación preventiva registral en un plazo de dos días hábiles, garantizando la intangibilidad del predio durante el procedimiento. La inscripción definitiva se realizará libre del pago de derechos registrales.
El régimen también mantiene medidas para asegurar la disponibilidad física de los inmuebles: las entidades ocupantes cuentan con 30 días hábiles para la entrega voluntaria, bajo apercibimiento de ejecución coactiva y lanzamiento, de ser necesario
En paralelo, la Única Disposición Complementaria Transitoria establece que las nuevas reglas se aplicarán únicamente a las solicitudes de transferencia interestatal que se presenten tras la entrada en vigencia del decreto, mientras que los expedientes actualmente en trámite continuarán siendo resueltos por la SBN
Con esta redistribución de competencias, el Ejecutivo busca articular el Sistema Nacional de Abastecimiento con la gestión predial estatal y agilizar la liberación de terrenos estratégicos, reduciendo la carga operativa concentrada históricamente en la SBN y acelerando la ejecución de proyectos de inversión pública.

